Consideraciones para la determinación de la Prima de Riesgos de
Trabajo (PRT) 2015
Punto esencial para su determinación:
Los patrones deben considerar los casos terminados de riesgos de trabajo acontecidos durante el periodo comprendido del 1ro de enero al 31 de diciembre 2015, es decir:
- Se deberá incluir los casos en los que los trabajadores
fueron dados de alta por los servicios médicos del IMSS y, en
consecuencia, aptos para desempeñar su trabajo (ST-2);
- Los trabajadores declarados por el Instituto Mexicano del
Seguro Social (IMSS) incapacitados parcial o totalmente para trabajar,
calificados mediante dictamen (ST-3);
Por lo anterior, es importante recabar los avisos para calificar el probable riesgo de trabajo (ST-7) o dictámenes de probables recaídas por riesgos de trabajo (S7-8); dictámenes de alta para los trabajadores (ST-2) y de incapacidad permanente, total o defunción (ST-3).
Durante el mes de febrero deberás presentar tu prima del seguro de riesgos de trabajo, a través de internet o de manera presencial.
Recuerda que si te encuentras ubicado en la prima mínima de .50000% y tus trabajadores no sufrieron accidentes o enfermedades de trabajo por el ejercicio de 2015, no estás obligado a presentar tu declaración.
El
no cumplir con esta obligación, presentar la declaración con datos incorrectos,
o fuera de plazo, es causal para que el patrón se haga acreedor a una multa
equivalente de 20 a 210 veces el salario mínimo general.
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